La Justicia porteña falló a favor de los vendedores senegaleses

A raíz de un hábeas corpus presentado por tres inmigrantes africanos que fueron arrestados ilegalmente y discriminados  por agentes policiales, un fallo del Superior Tribunal de Justicia prohibió a la Policía  hostigar y detener a los vendedores ambulantes senegaleses. 
 

La Justicia porteña falló a favor de los vendedores senegaleses

Con esta medida, el máximo tribunal porteño dio respuesta a un hábeas corpus presentado en 2009  por Bara Sakho, Ibrahima Mbaye y Serigne Lam, tres ciudadanos senegaleses que sufrieron  las consecuencias de la discriminación y el abuso policial.  

Todos fueron arrestados ilegalmente por agentes de la comisaría 18ª y 8ª del barrio porteño de Constitución donde realizaban sus actividades y debieron soportar el secuestro de sus mercaderías y documentos provisorios.

El fallo estableció que la venta de bijouterie y baratijas callejera que realizan los ciudadanos senegaleses no puede considerase una contravención por tratarse de un  grupo en vulnerabilidad extrema  que recurre a esa práctica para subsistir;  abordarlos por una presunta contravención es incurrir en un acto de discriminación.

Los agentes de la Policía Federal y de la Metropolitana que lo hagan deberán dar aviso inmediato al Ministerio Público Fiscal y en ningún caso podrán secuestrar la mercadería o trasladarlos a la comisaría.

Además, en el fallo existe una recomendación para que se elabore un Protocolo de Actuación al que debería ajustarse la actividad de policías y fiscales en los casos que involucren extranjeros, migrantes o refugiados. Así como también ordena que se extremen los medios necesarios para que exista una comunicación eficiente desde el primer contacto con el supuesto contraventor.

La resolución fue aprobada por tres votos contra dos, tuvo el apoyo de los magistrados Alicia Ruiz, Luis Lozano y Carlos Balbín; mientras que los jueces Ana María Conde y José Casás lo hicieron en contra.

En su voto, la jueza Alicia Ruiz sostuvo:  “La institución policial, los organismos administrativos de prevención y de modo muy particular los magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal deben asumir la responsabilidad de erradicar toda práctica que suponga la afectación de derechos y garantías de grupos cuya vulnerabilidad extrema es consecuencia de la confluencia de múltiples formas de discriminación, como ocurre con quienes denunciaron en esta causa la situación del colectivo de senegaleses residentes en la Ciudad de Buenos Aires”.