La Corte Suprema autorizó la práctica del aborto no punible

El máximo tribunal suspendió la medida cautelar dictada por la por la jueza Rustán de Estrada tras el pedido de una ONG Pro Familia y autorizó realizar la práctica que había sido suspendida en el Hospital Ramos Mejía.  

 
La Corte Suprema autorizó la práctica del aborto no punible

La resolución lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.

 
El tribunal supremo tomó intervención en el caso a raíz de un conflicto de competencia luego de una serie de presentaciones realizadas sucesivamente y con resultados contradictorios.
 
La suspensión del aborto legal, que no pudo practicarse ante la judicialización del proceso, generó múltiples denuncias contra el jefe de Gobierno local, Mauricio Macri; la jueza actuante y autoridades del hospital donde estaba internada la mujer.
 
El jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, fue denunciado penalmente por incumplimiento de los deberes de funcionario público por difundir los datos de cuándo se haría el primer aborto legal en la ciudad y detalles de la víctima en una cena de Consenso Republicano.
 
Con esta información, la Asociación Civil para la Promoción y Defensa de la Vida se presentó ante el juez porteño Guillermo Scheibler, titular del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 14 quien rechazó la medida cautelar mediante la cual se solicitaba que no se realizara la interrupción del embarazo.
 
La ONG recurrió entonces a la justicia nacional y logró que Myriam Rustan de Estrada, titular del Juzgado Nacional en lo Civil  106 hiciera lugar al pedido e impidiera la práctica del aborto legal en una mujer violada que fue víctima de trata.
 
La magistrada fue apartada de la causa, denunciada por legisladoras ante el Consejo de la Magistratura, y hoy se declaró competente y concedió los recursos de apelación presentados por la víctima contra el fallo de la jueza y por el Gobierno porteño.
 
El juez elevó el expediente a la Cámara Nacional en lo Civil para que resuelva los recursos y, en su resolución, Güiraldes recordó el fallo de la Corte Suprema de Justicia que pide a los juzgados civiles no intervenir en casos de abortos no punibles.
 
En tanto, la Cámara en lo Contencioso Administrativo porteña confirmó el pronunciamiento del primer juez, Scheibler, rechazó la apelación a ese fallo que hizo la ONG y elevó la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación sólo para que "dirima la competencia de magistrados".
 
En ese marco, el máximo tribunal de la Nación suspendió la ejecución de la medida cautelar dictada por la Justicia Nacional en lo Civil y autorizó la práctica del aborto no punible.
 
Fuente: Télam