Suspenden desalojos y aumentos en alquileres por 180 días

Ambas disposiciones regirán hasta el 30 de septiembre y forman parte del paquete de medidas económicas y sociales dispuestas por el Gobierno nacional para atravesar la pandemia del COVID-19.

 
Suspenden desalojos y aumentos en alquileres por 180 días

Las medidas se conocieron a través de dos decretos de necesidad y urgencia (DNU) firmados este domingo por el presidente Alberto Fernández que disponen el congelamiento de los precios de los alquileres, de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única y la suspensión de los desalojos por falta de pago. 

 
En cuanto a los alquileres, la norma suspende los desalojos por falta de pago y prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria, hasta el 30 de septiembre, según consignó Página 12.
 
La deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a abonar desde octubre.
 
Quedará exceptuado del pago aquel locador que acredite que depende del monto que destina para el alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente. En caso de controversia entre las partes del contrato, habrá una instancia de mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia.
 
Los alquileres alcanzados por el DNU son los de inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; e inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
 
Además, incluye a inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; e inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
 
El decreto alcanza además a inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria. Los inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES están también abarcados en el DNU.
 
Con respecto a los créditos hipotecarios, el DNU establece el congelamiento -también hasta el 30 de septiembre- de las cuotas de créditos sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor de marzo. La medida dispone además el congelamiento del valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA y la suspensión de las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única.