Ambiente sano, un derecho de todos

En respuesta al amparo presentado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el juez Roberto Gallardo dispuso un plazo de 30 días para que el gobierno porteño presente un plan de acondicionamiento de las plazas y los espacios verdes de villas y asentamientos con los mismos criterios urbanísticos que aplican en otros barrios de la ciudad.
 

Ambiente sano, un derecho de todos

La demanda vecinal fue presentada en 2006 a pedido de los vecinos de villas y asentamientos de la Ciudad que reclamaban “igual acceso a espacios verdes que el resto de la Ciudad”.

En su fallo, el juez porteño Roberto Gallardo señaló que “el derecho al goce de un ambiente sano, y al disfrute de espacios verdes y/o plazas en igualdad de condiciones con los habitantes de las zonas urbanizadas de la Ciudad integra el derecho a la vida digna”.

La resolución establece un plazo de 30 días para que el gobierno de la Ciudad presente la planificación y advierte que no acondicionar esos espacios, además de demostrar “la ausencia estatal”, constituye “una conducta omisiva discriminatoria”.

Desde el Estado porteño argumentaron que no podían planificar esos espacios porque las villas se encuentran sobre tierras del Estado nacional y no figuran en el nomenclador de Espacios Verdes.

Sin embargo, el magistrado objetó que no considerar a villas y asentamientos como territorios de la ciudad transgrede “las leyes de urbanización” porteñas y puso como ejemplo el caso de la Villa 31-31 bis, que sí “constituye territorial y electoralmente un distrito de la Ciudad de Buenos Aires, integrando el esquema de comunas”. De allí colige que los parámetros para decidir qué zona puede o no ser atendida por planes de plazas y espacios verdes de la Ciudad “responden a decisiones políticas adoptadas por el gobierno” porteño.