El Gobierno porteño incumplió un fallo judicial por vacantes en un jardín de Barracas

La medida cautelar dictada por el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Guillermo Scheibler e incumplida por el Gobierno de la Ciudad, ordenaba a la administración porteña otorgar vacantes a dos niños de dos y tres años en un mismo establecimiento. De persistir la situación, se iniciará una denuncia penal sobre el Jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri.

 El Gobierno porteño incumplió un fallo judicial por vacantes en un jardín de Barracas

El magistrado resolvió con esta medida el planteo de dos padres que atravesaron una angustiante situación que se repitió en cientos de casos en los meses de diciembre de 2013 y marzo pasados.
 

Habían solicitado “dos vacantes definitivas en el JII Nº01 D.E. Nº05 ‘Walt Disney’”, ubicado en Av. Caseros 1555, cumpliendo con todos los pasos establecidos por el Ministerio de Educación local. El 10 de diciembre de 2013 recibieron, por correo electrónico, la bienvenida al jardín de Infantes “Walt Disney” sólo para uno de los hermanos, en tanto que el otro había obtenido plaza en un establecimiento cercano. “A pesar de ello, el 13 de enero de 2014 recibieron un llamado telefónico mediante el cual se les informaba que debido a un error de sistema las vacantes no estaban asignadas y que tampoco había lugar para sus hijos en los otros Jardines de Infantes elegidos como opción, por lo ambos quedaban en lista de espera”.
 

Los padres obtuvieron una medida cautelar que ordenó al gobierno porteño  “que arbitre los medios necesarios  una vacante en sala de tres y dos años, respectivamente, en un mismo establecimiento educativo, dentro de los seleccionados por los actores en el período de preinscripción o, en caso de imposible cumplimiento, lleve a cabo las medidas pertinentes para asegurar tales vacantes en una misma institución de las existentes en todo el sistema educativo, siempre que se encuentre ubicada dentro del radio de diez cuadras del domicilio de los amparistas”.
 

La administración  porteña no cumplió con la orden judicial.  Lo dice  taxativamente el fallo: “el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires incumple conscientemente la manda adoptada. Pareciera desprenderse que considera que el cumplimiento de la medida cautelar dictada no le resulta obligatorio”.
 

El fallo cita el texto constitucional de la Capital Federal y recuerda que “si bien la educación sólo resulta obligatoria desde los cinco años de edad, pesa sobre el estado de la Ciudad de Buenos Aires por expreso mandato constitucional desde el año 1996 la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal, laica y gratuita a partir de los 45 días de vida”. En la realidad, esto no ocurre.
 

Ante el reclamo del matrimonio por las vacantes para sus dos hijos, el juez Scheibler recordó que “el 27 de febrero de 2014 tuvo lugar una audiencia en el marco de dicho proceso judicial, en la que quedó al descubierto el incumplimiento por parte de la demandada del convenio” por el que se obligaba a garantizar plazas escolares para todos.
 

Para el juez, “surge evidente que las acciones llevadas a cabo por la Administración en el marco de tal convenio no lograron efectivizar los objetivos allí comprometidos”. Tanto es así, que “en el año 2007 se dictó sentencia de grado que ordenó al Gobierno de la Ciudad adoptar medidas que pongan fin a la omisión constitucional detectada.

Dicha manda fue confirmada por la Cámara de Apelaciones en 2008, y ya en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia se celebró en el año 2011 un acuerdo que explicitaba acciones concretas”.
 

El juez Scheibler resolvió “ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires – Ministerio de Educación, que dentro del plazo de dos días dé cabal cumplimiento a la medida cautelar dictada, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias en la persona del funcionario responsable de máximo nivel de conducción y girar las actuaciones a sede penal”. Las próximas horas serán cruciales para determinar si el gobierno porteño cumplirá o no con la manda judicial.
 

Fuente InfojusNoticias