“La vivienda es el más básico de los derechos”

Gustavo Caramelo es juez civil de la Nación. Uno de sus últimos fallos permitió que quince familias de La Boca pasen de desalojadas a propietarias. Esto fue posible por su mirada integradora, donde el derecho a la propiedad convive con los derechos económicos, sociales y culturales consagrados en la Constitución. Reportaje a un juez que escucha a los vulnerables y hasta visita sus conventillos. Por Martina Noailles 

“La vivienda es el más básico de los derechos”

Hace algunos meses, Gustavo Caramelo dictó el primer fallo de la Justicia civil que aplica los estándares internacionales de derechos humanos en materia de desalojos establecidos por las Naciones Unidas. Sentado en su despacho de Tribunales, donde la bienvenida la da la pintura de Ernesto de la Cárcova “Sin pan y sin trabajo”,  el juez nacional lo explica más sencillo: “Como juez tenés el deber constitucional de atender todos los derechos involucrados. El de propiedad es uno, pero no el único”. Así fue que, tras sentar al Gobierno de la Ciudad en las audiencias, logró que el derecho a la vivienda de quince familias no fuera vulnerado mientras mantenía intacto el derecho a la propiedad del dueño. Quienes iban a ser desalojados pasaron a ser propietarios comprando el inmueble con créditos de la Ciudad y poniéndolo en condiciones por un subsidio de la Nación. Para Caramelo no fue un caso más. Sintió felicidad. Algo que, según sus propias palabras, no es habitual para un juez. 
- En el caso del conventillo de Brin usted respetó el derecho a la propiedad pero también el derecho a la vivienda de las familias que iban a ser desalojadas. Esto no es común en la Justicia.
- Tradicionalmente los jueces civiles tuvieron un rol -previsto así por doctrina- en el que son un especie de ampayer (árbitro) de un partido de tenis: sentados en una silla viendo como dos tipos que conocen el juego lo desarrollan, sin bajar nunca a la cancha. Con la reforma constitucional del 94 es imposible sostener esta mirada. Porque vos como juez tenés el deber constitucional de atender todos los derechos involucrados. Y el derecho de propiedad es uno de los derechos pero indudablemente no el único: aparecen tratados con rango constitucional que contienen un conjunto de derechos de naturaleza social, como salud, educación y vivienda, que los jueces tenemos que proteger y aplicar. Entonces se termina la discusión de cuál es la jerarquía de estos derechos. El rol del juez se complejiza y tenés que lograr compatibilizar todo.
- Habría una mayor igualdad…
- El derecho es una herramienta de gobierno y responde al criterio político de quien domina. El Código Civil de Vélez Sarsfiel hablaba de igualdad, en los contratos, en las relaciones. Pero en 1869 se hizo el primer censo en Argentina y determinó que el 67,5 % de la población era analfebeta. Entonces no había igualdad. Con los cambios sociales del siglo 20 empieza la idea de que para que haya igualdad no es suficiente consagrarla formalmente, sino que tiene que existir igualdad estructural.
- ¿Y cómo se logró concretamente que los derechos de las familias de Brin no fueran vulnerados?
- En el caso de Brin yo siempre les dije a los vecinos que el uso de la fuerza pública es para mi la última alternativa. Porque entiendo que hay que buscar una serie de mediaciones y que el rol de los jueces civiles es buscar la mejor calidad de vida de las personas. En este caso tengo un señor que está reclamando por su propiedad. Pero no es él quien tiene que subvencionar el déficit habitacional de las personas sino que el que está obligado en materia de derechos humanos es el Estado. Por eso convoqué al Gobierno de la Ciudad. Hay que tener claro que vivienda es una cuestion sensible porque de ella dependen un montón de principios: que los chicos puedan tener una escolaridad estable, los adultos un empleo estable y todos, una atención de salud continua con una historia clínica estable. El de la vivienda es entonces un derecho potenciador de derechos. Es un derecho básico para otros derechos básicos. Es el más básico de los derechos.
- Otro hecho a destacar es que en este caso hubo muchas audiencias y que participaron los vecinos. ¿Cómo fue?
- Este es un tema de acceso a justicia. Muchas veces la gente ni se acerca a un tribunal, entiende que sólo se tiene que acercar el abogado. En todos los desalojos yo llamo a audiencias. Por dos cuestiones: creo que los que van a ser alcanzados por una decisión que uno va a tomar tienen que poder verle la cara al tipo que va a tomar la decisión. Esto es una cuestión de democratización de la función, que no sea un sello de goma, algo oculto que toma decisiones que vos no sabés. Lo que suma es tomar conocimiento de la realidad de las personas ya que el juez tiene que dictar sus resoluciones con la mayor cantidad de información relevante posible. Si yo veo a las personas puedo saber, darles la oportunidad de que se expresen y que digan qué es lo que sienten, qué es lo que creen de la justicia, y además es importante dejarles en claro qué es lo que se está discutiendo en el proceso. Esto tiene que ver con la construcción de un nuevo sistema de justicia más creíble para la gente, que vean al juez, lo escuchen. En este caso concreto lo que más información me aportó fue visitar el lugar. Podés pasarte horas leyendo informes pero la perspectiva de estar ahí no hay nada que pueda reemplazarla. Por ejemplo, hubo una cosa que me pasó ese día, con el componente emocional que es inevitable en esto: se me acercó la médica de la salita y me dijo: “Yo no se cómo va a resultar esto, si usted va a terminar tomando una decisión que permita que los vecinos se queden o no, pero solamente la posibilidad de que eso ocurra les cambió la mirada, el ánimo, y se lo quería comentar”. Ese mismo día un señor se puso a llorar. Se emocionó. Y me dijo que él nunca pensó que un juez fuera ir al lugar. Y eso a mi me marcó.
- ¿Por qué cree que otros jueces no llaman a audiencias ni visitan los lugares? ¿Es por falta de tiempo?
- Es una decisión de cada juez. La cantidad de trabajo la tenemos todos. Yo tomo dos audiencias por mañana y hago todas las sentencias.
- ¿Es algo que pueden hacer o que deben hacer?
- Yo creo que se debe, pero es por la mirada que tengo sobre la aplicación del derecho constitucional y de cómo deben jugar las normas de procedimiento. Yo creo que la forma de gestionar un conflicto de esta naturaleza es ésta. Y que los jueces tenemos que tomarnos muy en serio cómo gestionar las causas porque eso hace al acceso de justicia, a la efectivizacion de los derechos, sino lo que tenemos es una discusión formal, donde la posibilidad de que se tome una decisión sobre conflictos vitales reales y no sobre aspectos formales, no existe. Lo que no hay es una costumbre. De hecho el día que vinieron los vecinos vino desesperado el comisario del edificio y me preguntó ¿qué está pasando, tengo que vallar todo? No va a pasar nada, le contesté, porque los vecinos están buscando una solución y yo les dije que los iba a escuchar.
- ¿Esto simboliza la distancia entre las personas y la justicia?
- La distancia es enorme. Y el Poder Judicial está preparado culturalmente para mantener esa distancia. Está formado por un grupo profesional de un lado y del otro, que es el de los abogados. Pero esa distancia se va a ir acortando porque cada vez es más la población que puede acceder a educación universitaria. Pero en la matriz cultural a través de los años se marcó una distancia enorme porque no cualquiera podía ser abogado en argentina. Yo soy hijo de gallegos, mis viejos nacieron en Galicia e inmigraron a Argentina siendo chicos y yo soy juez de la Nación. No hay muchos países en el mundo donde el hijo de inmigrantes que venían del campo permitan que sus hijos integren poderes de gobierno, que son poderes reservado a determinadas elites. Y eso es la Argentina. La Argentina es el art. 20 de la Constitución que le da igualdad de derechos civiles a los extranjeros. Entonces los jueces tenemos que trabajar para preservar esa Argentina inclusiva. Si vos como juez tenés una visión que no es inclusiva, no tenés una visión constitucional. Y esto es lo que me parece que no está visto de igual modo por todos los operadores del derecho. Si hay un territorio donde esos mayores poderes fácticos, que vos podés tener fuera, no tienen que operar es aquí adentro. El problema es cuando los poderes fácticos operan en tribunales. Porque ahí se pierde cualquier perspectiva de protección constitucional de los sectores que están en situación de vulnerabilidad.
- ¿Qué sintió cuando las familias de Brin firmaron la escritura de la casa?
- El día que se firmó la escritura me senté a un costado a presenciar a los vecinos y empecé a sentir que me faltaba el aire. El corazón me latía como si se me fuera a saltar. Recién ahí caí en que eso que había llevado tanto trabajo y construcción se estaba concretando. Para mi el caso de Brin fue muy gratificante. Me produjo felicidad la posibilidad de alcanzar la solución. Es que las posibilidades que tenemos los jueces de sentirnos felices con la resolución de un caso son de nulas a escasísimas.
 
RECUADRO 1
De roles y obligaciones
- ¿Qué respuesta obtuvo del Estado porteño en la causa Brin?
- Tratamos de avanzar con muchas audiencias, con el problema que tiene toda gran burocracia y que el Gobierno de la Ciudad exhibe de una forma exacerbada, que es que cada una de las áreas no se conecta con las otras. Como vi que venían y decían ‘eso estaría bárbaro pero no es de mi área’, le envié una notificación al jefe de Gobierno para que envíe a alguien que esté en condiciones de decidir por todas las áreas de gobierno. Así fue como empezó a venir el Procurador General de la Ciudad y eso permitió avanzar. Lamentablemente el procurador dejó de venir, según dijeron por un problema de columna, y quienes vinieron después no tenían la misma visión de las cosas o quizás habían cambiado las instrucciones que tenían, no lo se, pero decidieron retroceder en cuestiones que ya estaban acordadas en el expediente. Entonces ahí me vi obligado a tomar una resolución donde dispuse embargar los fondos de la ciudad que ya estaban comprometidos. Hay que destacar que esta solución se alcanzó sin que a la Ciudad le cueste un peso más de lo que le hubiera costado llegar a una solución habitacional sólo para dos familias, dejando al resto en la calle. Con ese mismo dinero se alcanzó una solución para todas las familias. Por otra parte, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidad dice que los Estados tienen que aplicar hasta el máximo de los recursos disponibles para satisfacer los derechos que están comprendidos en el tratado. Entonces yo entiendo que los jueces, ante la inoperatividad de los Estados o ante respuestas evasivas, tenemos que entrar en la consideración de las normas presupuestarias, algo que antes se consideraba que era una cuestión política no justiciable pero que estamos habilitados por las normas constitucionales a hacerlo.
Además de la Ciudad hubo otros actores…
Hay que destacar el trabajo de la abogada de los vecinos Paula Sicos y el de la defensora de menores Ana María González de Verrastro, involucrada con los casos con pasión. Además apareció la oportunidad de contar con un proyecto de remodelación del inmueble para lo que trabajó el voluntariado de la Facultad de Arquitectura de la UBA y colaboró la Secretaría de Hábitat de Nación disponiendo de los fondos. Eso marcó una diferencia notoria. Más el gran trabajo de los vecinos al construir una cooperativa, en términos de inclusión y de ciudadanía.
 
RECUADRO 2
Democratización de la Justicia
“Me parece absolutamente necesario que el Poder Judicial tenga un ingreso democrático con mecanismos objetivos de selección. Otra cosa importante es la educación de los jueces. Aca hay un problema grave, nosotros duramos en el cargo mientras dure nuestra buena conducta o decidamos jubilarnos. Un juez puede permanecer así 30 o 40 años en su cargo. Es rarísimo que vos nombres a alguien en una función de responsabilidad y no preveas que se mantenga capacitado a lo largo de su carrera. Pero no hay un sistema estable y oficial provisto por el Consejo de la Magistratura de capacitación constante y obligatoria de los jueces. Capacitación en muchas áreas, lo jurídico es lo de menos; el tema son los cambios sociales, los recursos disponibles en materia social, los cambios tecnológicos. Y ahí aparecen los que ofrecen capacitaciones en esos temas, cursos, muchos con viajes al exterior, pero que están organizados por alguno de los sectores que están en esa puja. No digo que los jueces coman vidrio pero para la gente no es razonable que el juez que tiene que decidir en un conflicto que tiene con una determinada corporación sea capacitado por alguien vinculado por esa misma corporación”.