Arresto para los contraventores

La Legislatura porteña votó ayer algunos artículos del nuevo y polémico Código Contravencional. De los 27 puntos que se aprobaron, 20 prevén penas de arresto.
Arresto para los contraventores

Quienes vendan bebidas alcohólicas o material pornográfico a menores de 18 años, participen de una pelea en un lugar público, arrojen sustancias insalubres en lugares públicos o dañen un teléfono público u otro servicio podrán ser sancionados con la privación de la libertad, mediante la aplicación de arresto. Así lo dispuso la Legislatura porteña, que sancionó ayer con mayoría ajustada los artículos menos conflictivos del nuevo Código Contravencional.

Uno de los cuestionamientos que se hacen al actual Código de Convivencia es que no establece qué pena corresponde para cada falta: le brinda al juez un menú de sanciones y éste debe elegir de acuerdo con su criterio, por lo cual se pueden aplicar distintas penas para una misma falta.

En el caso del nuevo Código –aprobado en general hace casi dos meses– los legisladores acordaron fijar un máximo y un mínimo de penas para cada contravención, contemplando opciones como la multa, el arresto, pero también el trabajo de utilidad pública. Como cada artículo debe ser aprobado por lo menos por 31 votos, el texto tuvo que ser consensuado por representantes de los bloques mayoritarios: el macrismo, el ibarrismo, los kirchneristas y el Partido de la Ciudad. Ese acuerdo fue cuestionado por los diputados del ARI, el socialismo y la izquierda.

La opción de la multa previa al arresto convierte al Código en discriminatorio ya que los pobres que cometan contravenciones irán a parar a la cárcel porque no podrán pagar las multas, mientras que los ricos la pagarán y se irán a sus casas.

Como contrapartida de este endurecimiento, el cuerpo rechazó la pretensión de introducir la figura de “presencia injustificada” en bancos, inmobiliarias y casas de cambio, una nueva versión del acecho y el merodeo, considerados inconstitucionales. El diputado macrista Jorge Enríquez interpretó este párrafo como un sustituto de su frustrada propuesta de introducir esas figuras como contravencionales y propuso extender el ámbito de aplicación a “locales de cajeros automáticos, escribanías, playas de estacionamiento y otros establecimientos comerciales”. Este segundo párrafo sólo consiguió 27 votos, por lo que quedó descartado.

Los puntos más conflictivos, como los que penan la oferta de sexo, la venta ambulante y los piquetes, quedaron para más adelante.

La Legislatura ya había aprobado los primeros 50 artículos, referidos a las disposiciones generales, y ayer comenzó a debatir los puntos que definen cada una de las contravenciones y establecen las penas que les corresponden. Esta vez el nivel de consenso fue menor que cuando se debatieron puntos generales pero no menores como la edad de imputabilidad: las manos alzadas ayer oscilaron entre 32 y 34, cuando el mínimo necesario para que cada artículo sea aprobado es de 31.