Documentos, por favor

Un fallo del máximo tribunal porteño valida y sienta precedente para que la Policía pueda pedir documentos sin motivo alguno. Especialistas advierten que representa un retroceso, que refuerza prácticas estigmatizadoras y que no toma en cuenta estándares internacionales en materia de derechos humanos. (Foto: Infojus Noticias)
Documentos, por favor
Lucas Abel Vera caminaba el 14 de abril de 2014 por Constitución. Como podría haber caminado por las calles de La Boca o Barracas. O de cualquier otro punto de la Ciudad. Por allí andaba cuando efectivos de la Policía Federal le pidieron el documento. Según el relato policial y judicial, el joven se puso nervioso y reconoció que llevaba un arma de fuego. Entonces, quedó detenido. Más tarde, el procedimiento  fue anulado por la Cámara en lo Penal y Contravencional, por considerar que la Policía no puede exigir la exhibición de documentación sin motivo. Pero un fallo de diciembre pasado del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad (TSJ) en esta misma causa habilitó que la fuerza realice detenciones en la vía pública sin otra razón que la averiguación de identidad. “Esta sentencia nos devuelve al estado de situación de los primeros años noventa”, definió el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
 
Son prácticas que ya suceden y nunca dejaron de suceder. Eso hay que decirlo, porque a veces parece que descubrimos cuestiones cuando pasan en Capital. Me parece muy grave porque habilita que estén pidiendo documentos y revisando bolsos. Siempre hacia la misma ‘clientela’: los pibes, los laburantes, los jóvenes con gorrita”, alertó ante la consulta de Sur Capitalino la abogada Claudia Cesaroni, referente del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc). “Que un fallo sobre algo tan importante le reconozca a la Policía la facultad de actuar como fuerza de prevención y que diga que el control que ejerce es al azar, es totalmente falso. Ellos relojean a quién se le pide documentos”, resaltó la especialista. Pibes, pobres y morochos, se sabe, se convierten en blanco de estas políticas. Aunque no exista ninguna normativa que obligue a portar el DNI.
 
“Además el fallo en sí mismo es deplorable. No hace referencia a ningún estándar de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, señaló Cesaroni. El CELS también advirtió sobre este punto: “Los jueces omitieron analizar los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso ‘Bulacio vs. Argentina’, de 2003”. En ese dictamen, la justicia internacional afirmó que el poder estatal no es ilimitado y que “su actuación está condicionada por el respeto a los derechos fundamentales de los individuos que se encuentren bajo su jurisdicción y a la observación de los procedimientos conforme a Derecho”. El caso de Walter Bulacio se convirtió en un emblema contra la violencia policial: en abril de 1991, el joven quiso entrar a un recital de Los Redonditos de Ricota en el estadio Obras, fue detenido y golpeado en un feroz operativo policial que terminó con su vida.
 
El fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, que será apelado por el Ministerio Público de la Defensa porteño ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, fue emitido el 23 de diciembre, un mes y un día después del triunfo de Mauricio Macri en el balotaje, que lo convirtió en Presidente. “La Justicia va acompañando los momentos políticos. Cuando se siente más cómoda para decir cosas que en otro momento no decía, lo hace –analiza la abogada Cesaroni-. Pero hubo oportunidades en que la Corte, cuando estaba completa, pudo decir cosas y tampoco las dijo. Hay oportunidades que se han perdido, en momentos de mejor contexto político”. Y destacó que “nuestros legisladores no han reformado la ley orgánica (que regula el accionar de la Policía Federal) y cuando la han modernizado, como en la Provincia, no le quitaron esa facultad”.
 
La validación judicial de esta práctica policial se conoció en la misma semana en que se firmó un convenio por el que se inició el traspaso de casi la mitad de la Policía Federal a la órbita porteña. El convenio –que debe ser refrendado por la Legislatura para que tenga validez– indica que se traspasarán la Superintendencia de Seguridad Metropolitana, Bomberos, Policía Científica, Investigaciones Federales, Tecnologías de la Información y Comunicaciones y Aviación Federal. La custodia de los edificios federales seguirá en manos del Gobierno nacional, que mantendrá por el momento el operativo Cinturón Sur, con Prefectura y Gendarmería.

 

“Este fallo del TSJ es el peor mensaje posible para el proceso de traspaso de la Policía Federal a la Ciudad. Homologa y reivindica por sobre otras regulaciones y decisiones judiciales posteriores, la vetusta ley orgánica de la Policía Federal Argentina, que le reconoce incluso facultades implícitas que están en el origen de las prácticas policiales arbitrarias y discriminatorias. La necesidad de una reforma de las leyes orgánicas policiales es evidente pero el Tribunal Superior ha decidido convalidarlas”, cuestionó el CELS.