Desalojos exprés: inquilinos desprotegidos

Mientras cada vez más familias se endeudan para comer o pagar el alquiler, el Senado dio media sanción al proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. De aprobarse, la norma beneficia aún más a los dueños y permite desalojar más fácil y más rápido ante un atraso de pocos días. La situación en La Boca podría empeorar.

Desalojos exprés: inquilinos desprotegidos

El proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que el gobierno de Javier Milei busca sancionar en el Congreso incluye diferentes modificaciones. Si bien se quitó de la ley el punto que permitía vender tierras a extranjeros casi sin límites, continúa en pie el cambio en el Código Procesal que permite desalojar más fácil y más rápido. El Estado inclina brutalmente la balanza en favor de los propietarios, dejando al inquilino en una posición de extrema vulnerabilidad, con menos posibilidades de defenderse.

En los juicios exprés queda prohibida la “prueba testimonial”. Es decir que, si pagaste en efectivo y sin comprobante, la ley te deja sin forma de demostrarlo.

De aprobarse en Diputados, la ley afecta de manera directa a quienes alquilan en la Ciudad de Buenos Aires y, por supuesto, en La Boca, donde muchas familias lo hacen de forma informal, sin contrato o subalquilan una habitación. Los desalojos en el barrio, que ya son moneda corriente por estas características, podrían aumentar ya que el proyecto quita las pocas protecciones que tenían los inquilinos ante el abuso de los propietarios. 

Por eso es importante que vecinos y vecinas conozcan los cambios:   

  • La reforma prevé que el propietario puede intimar al inquilino a que pague y si en diez días no lo hace puede iniciar un juicio de desalojo. 

  • Pero ese juicio de desalojo, que actualmente puede durar entre dos y cinco años, sería un juicio sumarísimo, es decir exprés, que debería resolverse en seis meses. 

  • Por eso el cambio está principalmente en la forma y los tiempos en que ese proceso debería tramitarse.

  • En el juicio sumarísimo se permite menos prueba y el juez tiene menos tiempo para tomar la decisión. Es decir que se acortan los plazos para responder la demanda, presentar pruebas y apelar. 

  • En los juicios ordinarios actuales el inquilino puede presentar diferentes pruebas, como testimonios de vecinos, para mostrar que se pagaba el alquiler o que existía un acuerdo a pesar de no haber contrato ni recibos. En los juicios exprés queda prohibida la “prueba testimonial”. Es decir que, si pagaste en efectivo y sin comprobante, la ley te deja sin forma de demostrarlo. 

  • La única defensa real es tener algún respaldo escrito: transferencias bancarias con el propietario. Sin contrato escrito ni recibos, cualquier inquilino puede terminar tratado como intruso. 

  • En ese caso, el juez puede ordenar la entrega inmediata en cualquier momento del juicio, sin esperar la sentencia. El propietario sólo debe ser verosímil y jurar tener razón (caución juratoria).

  • Lo mismo si no hubiese forma de demostrar que el deterioro del inmueble es anterior a la relación de alquiler: el desalojo también se produce en 72 horas. Además, no importa si el inquilino se entera o no de la demanda de desalojo, el plazo corre a partir de que el propietario avisa al juzgado. 

  • En el caso de que hubiera menores, personas con discapacidad o adultos mayores en la vivienda (siempre que exista certificación documental de que allí habitan) la ley otorga solo 10 días para buscar una solución habitacional transitoria.

Lejos de garantizar algún piso mínimo de derechos para quien alquila, el acceso a la vivienda sigue siendo atacado por el Gobierno. Apenas asumió, Milei derogó la Ley de Alquileres. Si se aprueba esta Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada será un nuevo golpe para las familias inquilinas, que representan aproximadamente el 37% de los hogares de la Ciudad de Buenos Aires (cerca de 1,2 millones de personas), la proporción más alta de todo el país.