La Justicia exigió el traslado de más de mil presos de las comisarías porteñas
El fallo de la Cámara obliga al Servicio Penitenciario Federal a trasladar a las personas detenidas en comisarías y alcaidías de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentran en situación de hacinamiento, suciedad y mala alimentación.

Los jueces Marcelo Lucini, Ignacio Rodríguez Varela y Hernán Martín López hicieron lugar a un habeas corpus colectivo presentado por Leandro Destéfano, cotitular de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, a favor de los presos alojados en comisarías y alcaidías de la Ciudad de Buenos Aires. La acción colectiva fue promovida.
La situación de los detenidos era tan grave que la Cámara habilitó la feria judicial para emitir el pronunciamiento. El fallo le ordena al Servicio Penitenciario Federal (SPF) –al que le atribuye la principal responsabilidad- el traslado “en el menor tiempo posible, de los detenidos alojados en las comisarías y alcaidías de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, disponiéndose lo necesario para que la situación imperante no vuelva a ocurrir”.
Además de la presentación colectiva, hay otro expediente que tramita la Justicia de la Ciudad, que dispuso “el desalojo de los lugares en los que se estaba cumpliendo irregularmente la detención”, en comisarías y alcaidías. El plazo fijado por la justicia para “materializar el desalojo” es el próximo 30 de julio, pero fue apelado por el SPF.
Por lo tanto, no sólo no se cumplió el fallo, sino que la situación de las personas se agravó: en 2020, cuando se dictó la medida, había 101 personas detenidas; al entablar esta nueva acción el número se había elevado a 1405. Según el último relevamiento, en la actualidad la población carcelaria en la Ciudad de Buenos Aires es de 1.260 detenidos bajo la órbita nacional y 79 de la local que permanecen en dependencias comunales.
El habeas corpus colectivo advirtió que “el Estado Nacional no provee los cupos de ingreso necesarios de manera constante de los detenidos a las dependencias del Servicio Penitenciario Federal, mientras que, las autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejercen el dominio sobre los lugares donde aquellos permanecen hasta que ello ocurre, pero sin cumplir con la obligación de garantizar los derechos a la salud y a la alimentación exigida”.
El tribunal realizó una inspección ocular en la Comisaría Vecinal 1-D, “donde se constataron las condiciones de hacinamiento, sobrepoblación”. “…con nulos espacios de recreación por fuera de las celdas. Tampoco hay un circuito cerrado de video vigilancia para prevenir y eventualmente investigar violencia institucional o entre la misma población, los sanitarios son escasos, antiguos o improvisados, no se provee de artículos de higiene personal, no se efectúa la limpieza de los recintos, no se permiten las ‘visitas de contacto’ entre los alojados y sus familiares, los detenidos utilizan teléfonos celulares suministrados por los agentes para contactarse con el exterior y no hay matafuegos ni salidas de emergencia, colchones ignífugos, planes de evacuación y carteles sobre evacuación”.
Si bien las condiciones de alojamiento en dependencias de la Policía de la Ciudad son infrahumanas, el fallo identifica que “los actos lesivos denunciados provienen en definitiva de la omisión del Servicio Penitenciario Federal de cumplir su función principal, lo que en la práctica se ve deficientemente enmendado por la actividad ajena a sus funciones que despliegan las autoridades que tienen a su cargo las comisarías y alcaidías comunales, que alojan de manera permanente a ya no sólo imputados, sino también a procesados y condenados”.
Fuente: Tiempo Argentino