Un fallo judicial en defensa del Parque España

Un fallo de la justicia cautelar frenó el proyecto del Gobierno porteño para construir un nuevo distrito gubernamental dentro del parque, lo que implicaría la pérdida de 6000 metros cuadrados de espacios verdes públicos en Barracas.

Un fallo judicial en defensa del Parque España

El Poder Ejecutivo porteño busca avanzar con un nuevo proyecto inmobiliario dentro el predio del Parque España, que actualmente se encuentra zonificado como Urbanización Parque (UP). El denominado “Parque de la Cultura”, integraría a la “Nueva Escuela Taller de artes y oficios del Casco Histórico”, la “Escuela de Danzas contemporáneas del teatro San Martín y la Escuela Taller de Titiriteros Ariel Bufano” y sumaría en una etapa posterior la construcción del Ministerio de Cultura sobre parcelas sin protección.

De avanzar con este proyecto, se perderían más de 6.000 m2 de espacios verdes públicos, en una comuna que tiene 4,2 m2 por habitante, muy lejos del mínimo recomendado por ONU-Hábitat, que es de 10 a 15 m2 por habitante.

 En las últimas horas, la Justicia le puso un freno a esta iniciativa. En la causa caratulada "Observatorio del Derecho a la Ciudad c/ GCBA s/ Incidente de Apelación - Amparo - Ambiental", Expte. N° 9213/2019-1, el 18 de junio de 2021, la Sala II ordenó disponer la suspensión de los actos de la Administración que importen la construcción de edificios en el Parque España que no cumplan con las exigencias contempladas en la normativa aplicable y que serían incompatibles con el Distrito Urbanización Parque y los caracteres de los espacios verdes públicos, según informó el Observatorio.

El Tribunal sostuvo que "los usos factibles en los terrenos ubicados en zonificaciones UP son muy limitados ya que en principio sólo se permitiría en aquellos la construcción de establecimientos que tengan una vinculación directa con el destino de la zona (usos complementarios)" y que, en este caso, "el uso principal a tener en cuenta sería el disfrute y goce por parte de todas las personas del parque público". Agregó que los edificios proyectados "no denotarían una manifiesta adecuación o relación directa con los parques públicos (...)  máxime teniendo en miras el cumplimiento de los objetivos planteados en el plan urbano ambiental para este tipo de espacios, especialmente el referido el incremento, recuperación y mejoramiento de los parques, plazas y paseos, a fin de dar lugar al encuentro, relax, confort y socialización, asegurando a todos los habitantes el derecho a su uso, siempre con la idea de mantener su integridad" y que "no debería obviarse la escasez de espacios verdes en la Ciudad, que justifica aún más la aplicación estricta de la ley".

Por último, la Justicia entendió que "avanzar sin más con las obras decididas por la Administración podría aniquilar derechos e intereses de los habitantes de la ciudad dignos de protección; entonces, ante la posible afectación irreversible del ambiente, corresponde aplicar el principio precautorio receptado en el artículo 4° de la Ley 25675 —considerando que en este estado del proceso, serían mayores los riesgos que se derivarían de rechazar que de admitir la medida cautelar— y, en consecuencia, conceder la tutela preventiva tendiente a la suspensión de los actos de la Administración que importen la construcción de edificios en el Parque España que no cumplan con las exigencias contempladas en la normativa aplicable y que serían incompatibles con el Distrito Urbanización Parque y los caracteres de los espacios verdes públicos".

Fuente: Observatorio del Derecho a la Ciudad